diciembre 18, 2024

UIF pone la lupa a las empresas que realizan outsourcing

La disposición entra en vigor hasta septiembre próximo; sin embargo, la unidad debe de aclarar qué tipo de empresas deben de darse de alta como actividad vulnerable.

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) busca tener más información respecto a actos u operaciones de empresas que ofrecen servicios de outsourcing (o servicios especializados) con el fin de detectar si son vehículo para la realización de algún ilícito precedente al lavado de dinero.

Ayer 24 de mayo, la UIF publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la modificación a los formatos oficiales para la presentación de avisos que las organizaciones dedicadas a ofrecer servicios especializados deberán utilizar a partir del próximo 1 de septiembre para efectos de prevenir y detectar operaciones de blanqueo de capitales o algún delito precedente como la facturación apócrifa, la evasión o defraudación fiscal.

De acuerdo con lo publicado en el DOF, era necesario ajustar algunos campos de dichos reportes, pues los actuales no permiten la posibilidad de desglosar la información enviada por los prestadores de servicios de subcontratación laboral a la UIF, por medio del Servicio de Administración Tributaria.

“Se adicionan campos para obtener información específica sobre los actos u operaciones que lleven a cabo los prestadores de servicios de outsourcing (ahora servicios especializados), como el número de empleados utilizados y el área en la que prestan el servicio”, explicó la UIF en una nota informativa.

La UIF detalló que en dichos formatos se adicionan campos para identificar al apoderado legal de una persona física que actúe como cliente o usuario de una empresa dedicada a estos servicios.

También se adicionan campos relativos a la operación financiera de este tipo de organizaciones, incluso si se utiliza algún tipo de activo virtual.

Si bien, dicha resolución entrará en vigor a partir del próximo 1 de septiembre, el 14 de junio de este año la UIF dará a conocer un instructivo, junto con los catálogos correspondientes, para identificar a las empresas que tendrán que cumplir con la normativa para Prevenir e Identificar Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, también conocida como Ley Antilavado.

Para Nalleli Arias Santiago, directora general de la firma Nara Assessments, este actuar de la UIF obedece a lograr una plena identificación de empresas que ofrecen servicios especializados, y las cuales buscan cumplir con la normativa, pues las que realizan alguna actividad irregular difícilmente estarán bajo el radar de la autoridad.

“Lo que está buscando la UIF es empezar a ver quiénes cumplen, porque evidentemente una empresa que actúe de forma irregular no se va a dar de alta, porque si no estaría obligada a dar avisos e informes y estaría obligada a identificar en términos de la ley”, detalló Arias Santiago.

De acuerdo con la especialista, una vez que la UIF tenga detectadas a las empresas que buscan cumplir con el marco normativo contra el lavado de dinero, tendrá un diagnóstico más claro sobre qué organizaciones son las que buscan evadir la ley y posiblemente realicen un acto irregular.

“Las reglas que salieron en el DOF dicen cómo se pueden registrar las empresas, qué información necesitan, entonces obviamente quien haga un acto irregular no se va a registrar”, acotó la especialista.

Fuente: EL ECONOMISTA