Playas de Chiapas cerrarán en Semana Santa por Covid-19
Las autoridades aprobaron la prohibición de acceso a territorios de playas y la suspensión total de balnearios en Arriaga, Acapetahua, Tonalá, Tapachula y Pijijiapan, del 18 de marzo al 18 de abril
El Comité Estatal para la Seguridad en Salud de Chiapas estableció el cierre permanente de playas, balnearios y Ley seca en cinco municipios de la entidad durante la Semana Santa, como medida preventiva para interrumpir la cadena de transmisión del Covid-19.
Las autoridades aprobaron la prohibición de acceso a territorios de playas y la suspensión total de balnearios en Arriaga, Acapetahua, Tonalá, Tapachula y Pijijiapan, del 18 de marzo al 18 de abril.
Durante ese período en esos municipios se aplicará ley seca obligatoria para venta y distribución de bebidas alcohólicas en todos los establecimientos que expendan en áreas de playa y balnearios.
En balnearios del resto de los municipios se deberán aplicar los protocolos de uso obligatorio de cubrebocas, sana distancia, filtro sanitario con gel o lavamanos, termómetros y tapete sanitario.
El Comité Estatal para la Seguridad en Salud indicó que todos los ayuntamientos chiapanecos serán directamente responsables del fomento y verificación de las medidas sanitarias en trabajo coordinado con la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina.
Medidas preventivas durante la Semana Santa
El organismo de salud exhortó a los feligreses católicos que se abstengan de realizar actividades con riesgos de aglomeración, como peregrinaciones y vía crucis.
Indicó que las medidas preventivas durante la Semana Santa se establecen debido a que el año pasado hubo un rebrote del nuevo coronavirus en estas fechas, además la vacuna anticovid no causa inmunidad inmediata y persiste la «circulación del virus» en la entidad.
Con esa finalidad los integrantes del Comité Estatal para la Seguridad en Salud aprobaron las medidas de control sanitarias de acuerdo con los artículos 16 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, 147, 152, 181, 182, 406 de la Ley General de Salud, y 18 de la Ley de Salud del Estado de Chiapas.